• Bala perdida disparada por la Policía ocasiono la muerte de un ciudadano.

    El Consejo de Estado en sentencia notificada en septiembre de este año, condeno a la Policía Nacional por la muerte de un ciudadano que se encontraba laborando en una oficina de un octavo piso, en el centro de Medellín, y donde lo alcanzo una bala disparada por agentes de policía que perseguían a delincuentes que momentos antes habían cometido un robo.

    Los hechos ocurrieron el 30 de septiembre del 2002 y dieron lugar a que la esposa y los hijos de la víctima instauraran demanda contra la Policía Nacional, otorgando poder a Javier Villegas Posada Abogados con el fin de demostrar su responsabilidad en los hechos y obtener por ello una reparación integral de perjuicios.

    Se alega por parte de la firma de Villegas, que los autores de la muerte de Adolfo Cardona Pérez fueron los agentes de la policía que accionaron irresponsablemente sus armas de dotación oficial. La Policía Nacional, a su vez, alego a través de todo el proceso que habían sido los delincuentes los responsables, pero se demostró con las pruebas aportadas por Villegas, que la muerte de Adolfo Cardona fue causada con un arma de dotación de propiedad de la Policía Nacional, razón por la cual el Consejo de Estado en sentencia definitiva y de segunda instancia y después de 15 años de iniciarse el proceso, determino:

    “En cuanto a la participación de la Policía Nacional en los hechos, es razonable concluir que, contrario a lo expresado por la entidad demandada en el recurso de apelación, se encuentra acreditado que el fallecimiento de la víctima ocurrió como consecuencia del impacto de un proyectil de arma de fuego de dotación oficial”.

    “Ciertamente, el informe de balística, el acta de minuta de vigilancia y las propias declaraciones de los agentes de policía implicados permiten concluir que el proyectil que impacto al señor Adolfo Cardona provino del revolver de marca Smith & Wesson calibre 38 de dotación oficial identificado con el numero ABE7796 que fue asignado al agente Preciado Córdoba el día en que ocurrieron los hechos que sirven de sustento a la demanda”.

    “Lo anterior se traduce en que; la entidad demandada falto a la verdad al sostener que el calibre y la clase de arma presuntamente empleada era diferente a la que utilizaban los agentes al momento de los hechos, habida cuenta de que el material probatorio obrante en el expediente resulta unívoco al determinar que, en efecto, el disparo que produjo el fallecimiento de la víctima emano de un arma de dotación oficial, manipulada por un integrante de la institución oficial en servicio activo”. Termino concluyendo la sentencia que ordeno indemnizar a los familiares de la desafortunada víctima.

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