• Condenan al Estado por grave violación de derechos humanos

    El 28 de diciembre del 2005, en la vereda “Vega seca” jurisdicción del municipio de San Francisco, departamento de Antioquia, fueron ultimados a balazos por miembros del Ejército nacional el joven (18) campesino Jhon Fredy Arias Mejía, y otro joven que lo acompañaba en labores agrícolas.

    La versión oficial del Ejército nacional fue que habían sido dados de baja en un combate con un grupo de por lo menos 30 miembros de las autodefensas, de las cuales estos hacían parte

    Los familiares de Arias Mejía, nunca aceptaron la versión del Ejército y convencidos como estaban, de que Jhon Fredy era un campesino honrado, buen miembro de la familia y dedicado a labores agrícolas apoderaron a Javier Villegas Posada y su firma para instaurar una demanda contra el Ejército y esclarecer la verdad de lo ocurrido.

    En el trascurso del proceso que tuvo una duración de 10 años se demostró que:  Jhon Fredy y su acompañante fueron ajusticiados por la espalda a quemarropa y que no existió ningún combate entre el Ejército y las Autodefensas y además que para hacerlos pasar como dados de baja en combate los vistieron con prendas de las Autodefensas y colocaron junto a sus cuerpos armas y municiones.

    El tribunal administrativo de Antioquia en su sentencia de primera instancia absolvió al Ejercito aduciendo que Arias perteneció a las Autodefensas y fue dado de baja en un combate con el Ejercito, de acuerdo a lo alegado por el Ejército nacional.

    La decisión fue impugnada por Villegas Posada y el Concejo de Estado en decisión notificada la semana anterior desestimó por completo la decisión del tribunal y condeno al Ejército concluyendo para ello lo siguiente:

    “Para la sala, el homicidio injustificado del joven Jhon Fredy Arias Mejía configura una vulneración grave y flagrante de derechos humanos, pues se trataba de un humilde campesino de escasos 18 años que se encontraba desarmado y que fue vilmente asesinado con un disparo en la espalda.”

    “La muerte infame del citado joven se enmarca dentro del fenómeno conocido como “falso positivo” y que, desde el punto de vista jurídico corresponde a lo que técnicamente se denomina o conoce como “ejecución extrajudicial u homicidio en persona protegida,” constitutiva de una muy grave violación de derechos humanos….”

    “Comportamientos como los asumidos por los uniformados que participaron en la muerte del joven Arias Mejía no se acompasa de ninguna manera con la finalidad del Ejército Nacional, pues este fue instituido para proteger la vida, bienes y honra de los habitantes del territorio nacional y para el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, a fin de generar un ambiente de paz, seguridad y desarrollo que garanticen el orden constitucional de la nación.”

    “Desafortunadamente casos como este se volvieron reiterados en nuestro territorio, al punto que son numerosas las condenas penales contra los miembros de la fuerza pública involucrados en ellos, así como también son numerosas las condenas patrimoniales contra el Estado Colombiano… circunstancia que pone de presente una falla sistemática y estructural en la comisión de violaciones graves a derechos humanos y/o al derecho internacional humanitario por parte de la fuerza pública del Estado Colombiano… falencias estas que sin duda debilitan la institución y dificultan su adecuado accionar en pos de cumplir con el cometido que le es propio, con lo cual, de paso, esta pierde legitimidad y se compromete la estabilidad misma del estado y de la sociedad.”

    Javier Villegas Posada y su firma, durante 36 años de existencia ha adelantado centenares de procesos por ejecuciones extrajudiciales de la fuerza pública (Ejercito, Policía, extinguido DAS) sin dejar de advertir que siendo un fenómeno que siempre ha existido al interior de estas instituciones, en el periodo del año 2002 al 2010 se produjo un notable incremento.

    Seguiremos en la denuncia permanente de la injusticia por el abuso de la autoridad.

3 Comments

  1. Gloria Guarin says: 12 abril, 2017 at 12:34 amResponder

    Los felicito por esa excelente noticia, no se puede permitir que el Estado a través de sus fuerzas militares hagan las cosas a su amaño, hay que seguir insistiendo y que la justicia siga verificando la realidad de lo que ocurre con los famosos falsos positivos

  2. Devinson Acosta says: 12 abril, 2017 at 2:11 amResponder

    Muy importante y valiosa su labor en la implantación de las herramientas jurídicas, que contribuyen al verdadero hecho de la justicia.
    Por ende, quisiera exponer un caso muy similar acontecido en el año 2007 en el departamento de la Guajira; y que hasta el momento, no haya ninguna gestión por parte de los operadores judiciales de ésta región, en favor de las víctimas. Se trata del señor Humberto Alfonso Caliz Gallego de profesión taxista, quien fue torturado y posteriormente asesinado con la modalidad de asfixia mecánica, por miembros del Gaula(ejército nacional).
    Cabe anotar que Caliz Gallego, en sus labores cotidianas de taxista, transportaba un pasajero hacia la vía maicao- carraipia, siendo detenidos en un retén de esa localidad. En dicha acción, resultó muerto Caliz Gallego, siendo éste encontrado por sus familiares a los tres días en avanzado estado de descomposición. Ésto lo atestigua el pasajero que transportaba, y que hoy en día se encuentra privado de la libertad.

    Quisiera conocer de su parte alguna orientación sobre éste caso, ya que dicha situación va con rumbo a la impunidad…
    Agradezco su colaboración. Gracias.

  3. jair says: 13 abril, 2017 at 6:02 pmResponder

    Q carencia de justicia en nuestro pais y nunca encuentran un culpable donde estan los lentes investigativos de este pais

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