
¿Quién se llevó a Felipe? Parte 3
Como si fueran pocas las irregularidades ya relatadas en la historia de Felipe*, el proceso penal que emprendió la familia para esclarecer los hechos estuvo atravesado por baches que impidieron su normal desarrollo.
El arma que supuestamente portaba Felipe y con la que aparentemente había disparado a los agentes de la Policía fue expuesta a un análisis realizado por un técnico de Medicina Legal. Este confirmó, que el arma encontrada tenía trabados los mecanismos externos y no estaba en condiciones de lograr un disparo. El informe arrojó también, que las vainillas encontradas junto al arma no correspondían con el artefacto bélico.
Así se lo hizo saber el técnico de Medicina legal al Juez 93 de Instrucción Penal Militar de Medellín, cuando este último, en compañía de un grupo de agentes, recogió el arma para realizarle una segunda e inusual revisión. El segundo resultado era completamente diferente al primero; este nuevo informe estableció que el arma sí se encontraba en condiciones de disparar y que las vainillas correspondían a la subametralladora calibre 9 mm analizada. Según las sentencias del Tribunal Administrativo y del Consejo de Estado, el segundo resultado fue consecuencia de una manipulación realizada por parte de 2 agentes de la policía y del Juez 93 de Instrucción Penal Militar de Medellín.
En ese borroso escenario, se pudo comprobar que no era cierta la afirmación realizada por los agentes de la Policía en la que indicaban que Felipe había disparado contra ellos. Quedaba por responder otro rosario de preguntas, una de ellas tenía que ver con los disparos que dieron muerte a Felipe, ya que estos se encontraban en zonas del cuerpo difíciles de acceder en medio del terreno en el que sucedió el operativo.
Después de un largo proceso de 20 años (10 años en el Tribunal Administrativo de Antioquia y 10 años en el Consejo de Estado) se logró demostrar la responsabilidad del Estado y la policía nacional en los hechos y se declaró al Estado colombiano como responsable de los daños ocasionados a la familia de Felipe con ocasión de su muerte; la sentencia definitiva es concluyente cuando afirma: “… la muerte del señor Romero Gil, no fue causada como reacción a un ataque armado sino como una ejecución extrajudicial…”.
El proceso penal que se adelantó, a través de la Jurisdicción Penal Militar, en el que se había declarado la responsabilidad de los autores de la muerte de Felipe Romero Gil*, se diluyó con la investigación del Juez 93 de Instrucción Militar y se agotó cuando, mediante sentencia proferida por el presidente del Consejo Verbal de Guerra, fueron absueltos los policías relacionados con este homicidio. Solo se elevó pliego de cargos en contra de los Oficiales de la Policía Nacional con facultades de Policía Judicial que, de alguna manera, participaron con funciones de mando en el operativo que dio lugar a los hechos; dichos cargos estaban relacionados con errores de táctica y procedimiento pero de ninguna manera con la muerte de Felipe.
La evidente impunidad penal y disciplinaria en los resultados de los procesos adelantados en Colombia, fueron elementos fundamentales para que el abogado Javier Villegas Posada y su firma presentara una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que todavía hace trámite.
Las violaciones a los derechos puestas en evidencia por la firma y contempladas en este documento, tienen que ver con el derecho a la vida, a la integridad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. Derechos, que se supone, deben ser protegidos por las instituciones del Estado, por lo que resulta inadmisible que sean justamente ellos quienes perpetúen estos crímenes.
La familia Romero Gil no solo ha lidiado con la dolorosa pérdida de uno de sus miembros, sino que también, ha tenido que tolerar que se manchara su buen nombre y que, adicional a esto, los responsables de los crímenes cometidos en su contra no hayan sido castigados.
*Los nombres de los personajes han sido reemplazados por asuntos de seguridad y privacidad.